ARTICULO 96:
Además de lo señalado en el Artículo 95 de la presente Ley, los sujetos obligados del Poder Ejecutivo y de los municipios, deberán poner a disposición del público y actualizar la siguiente información:
Presupuesto
La información a reportar sobre el Presupuesto de Egresos y las fórmulas de distribución se organizará en dos apartados, el primero corresponderá al presupuesto de egresos; y en el segundo, se otorgará la información sobre las fórmulas de distribución de los recursos otorgados
Conservación de la información:Información del ejercicio en curso y la correspondiente a seis ejercicios anteriores
Periodicidad de la información: Anual
Participaciones
Los sujetos obligados tendrán que poner a disposición del público y actualizar la información relacionada con las participaciones y aportaciones.
Conservación de la información: Información del ejercicio en curso y la correspondiente a los dos ejercicios anteriores
Periodicidad de la información: Mensual
Condonaciones
La información que los sujetos obligados deberán publicar y actualizar en cumplimiento del presente inciso se divide en dos rubros: El primero es sobre el listado de contribuyentes que han sido beneficiados por la condonación o cancelación de algún crédito fiscal, y el segundo consiste en las estadísticas sobre las exenciones realizadas en general. Dichas estadísticas deberán tener los elementos básicos que permitan conocer, por ejemplo, los conceptos exentados, el número de exenciones por cada concepto, el monto total de las operaciones por tipo de concepto, entre otros datos que a continuación se detallan.
Conservación de la información:Información vigente, y la del ejercicio en curso
Periodicidad de la información: Mensual
Constancias, certificados, permisos y licencias
La relación de constancias, certificados, permisos, licencias, autorizaciones, registros de manifestaciones y dictámenes de las obras que se lleven a cabo en el Estado, que permita conocer el estado, situación jurídica y modificación de cualquier índole de cada predio
Conservación de la información: Información vigente, del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior
Periodicidad de la información: Mensual
Plan de desarrollo urbano
La información detallada que contengan los planes o programas en materia de desarrollo urbano, ordenamiento territorial y ecológico, los tipos y usos de suelo, licencias de uso y construcción otorgadas por los gobiernos municipales.
Conservación de la información:
Incisos A, B y C: Vigente
Incisos D, E y F: Información del ejercicio en curso y dos ejercicios anteriores
Periodicidad de la información:
Incisos A, B y C: Trienal
Incisos D, E y F: Mensual
NLA96FVIIIE Fracción 8E
Disposiciones administrativas
Aquella información relativa a las disposiciones que contenga una vinculación con la ciudadanía, ya sea por su aplicación directa o por la modificación de algún trámite, servicio o regulación accesible para cualquier persona
Conservación de la información: Vigente
Periodicidad de la información: Mensual
Ejecución de una obra pública
En lo relativo a la ejecución de una obra pública, en un lugar visible en el sitio de ejecución de la obra e impresa en una superficie no menor a 2 metros de altura por 3 metros de ancho, la siguiente información: a) Nombre del proyecto; b) Monto total de la inversión y origen de los recursos; c) Descripción cuantitativa de la obra; d) Fecha de inicio de la obra; e) Fecha de terminación de la obra; f) Nombre de la persona a quien se adjudicado la obra; g) Modo de contratación; h) Personas que participaron en la licitación; i) Persona responsable de la ejecución de la obra por parte de la persona adjudicada y sus datos de contacto; y j) Persona responsable de la ejecución de la obra por parte del sujeto obligado y sus datos de contacto
Conservación de la información: Información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores
Periodicidad de la información: Mensual
Glosa de gobierno
Terminado el acto de entrega–recepción, el expediente integrado será sometido al análisis del Ayuntamiento entrante, el cual nombrará una comisión especial para emitir un dictamen que servirá de base para la glosa. Dicha comisión deberá ser presidida por el Síndico Primero o Síndico Municipal, en su caso. La Contraloría Municipal fungirá como auxiliar de la comisión especial en su caso; dicho dictamen será sometido por la comisión especial a consideración del Ayuntamiento, el cual podrá llamar a los integrantes del Ayuntamiento saliente y a las personas servidoras públicas antes señalados, para solicitar información o documentación. Las personas integrantes del Ayuntamiento saliente y las personas servidoras públicas de la Administración Pública Municipal saliente estarán obligados a proporcionar la información solicitada y a atender las observaciones que se formulen; para lo cual, el Ayuntamiento contará con un plazo de noventa días naturales contados a partir de la entrega-recepción, al término del cual emitirá el acuerdo correspondiente para glosar las cuentas del Ayuntamiento anterior. El Ayuntamiento deberá presentar al Congreso del Estado, en un plazo de noventa días naturales, contados a partir de la fecha de instalación del Ayuntamiento en funciones, la glosa de las cuentas del Ayuntamiento anterior, derivado de los documentos de la entrega.
Conservación de la información: Información del ejercicio en curso y la correspondiente a los seis ejercicios anteriores
Periodicidad de la información: Anual
Información estadística en materia de seguridad pública emitida por los municipios
Información estadística en materia de Seguridad Pública emitida por los Municipios
Conservación de la información: Información del ejercicio en curso y la correspondiente al ejercicio anterior
Periodicidad de la información: Mensual